24/07/2024
El Tribunal Supremo lleva al Constitucional la ley de amnistía por vulnerar el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica

El Tribunal Supremo ha hecho pública hoy su decisión de llevar al Tribunal Constitucional la ley de amnistía por vulnerar el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica. La Sala Penal del Supremo considera «transgredidos» los límites constitucionales y dice no albergar duda alguna sobre la inconstitucionalidad de la norma.

El derecho a la igualdad entre españoles esgrimido por el TS es lo que venimos reclamando desde hace más de 40 años los catalanes constitucionalistas víctimas de un régimen nacionalista totalitario.

Con o sin ley de amnistía, Societat Civil Catalana no se detendrá. Seguimos en los Tribunales para que los separatistas rindan cuentas por los graves delitos cometidos contra la convivencia y el Estado democrático de derecho.

Por su extraordinario interés, compartimos algunos extractos del auto del Tribunal Supremo. 49 folios demoledores:

  •  «¿En qué medida o cómo podría facilitar la convivencia democrática que quienes la perturbaron gravemente resulten amnistiados, sin exigirles compromiso alguno futuro con la Constitución, y aun sabiendo con certeza que se disponen a persistir en su conducta golpista?»
  •  «Los golpistas trataron de imponer a los demócratas, en Cataluña y en el resto de España, sus propias ideas y las consecuencias de las mismas, ignorando el ordenamiento constitucional y sin apelación alguna al diálogo, la negociación y los acuerdos democráticos».
  •  «Si es cierto que el proceso secesionista contribuyó a perturbar gravemente la libre convivencia, resultará preciso identificar las causas que provocaron este efecto (…) Y estas causas no son otras que el intento, felizmente fallido, de golpe de Estado».
  •  «No se alcanza a comprender el modo en que la ley de amnistía puede considerarse respetuosa con el principio de seguridad jurídica, entendiendo este como «la expectativa razonablemente fundada del ciudadano en cuál ha de ser la actuación del poder en la aplicación del Derecho».
  •  “La norma cuestionada repugna al derecho constitucional a la igualdad ante la ley, resultando por entero arbitrarias las razones que se aducen para justificar el tratamiento claramente discriminatorio que la norma impone».
  •  “Cuando los demócratas, cualesquiera que sean sus convicciones políticas, observen que quienes, tras cometer graves delitos, resultan beneficiados sin que se les exija siquiera que se comprometan en los sucesivo, ¿conservarán su afección a las instituciones democráticas?”

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